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El adelanto de las elecciones deja en suspenso las medidas penalizadoras contra los conductores que ‘wasapean’ al volante o no usan el cinturón

El obligado adelanto electoral por el fracaso de los Presupuestos Generales en el Congreso ha dejado en el dique seco importantes proyectos para el Gobierno actual. En el campo de la seguridad vial, quedan en suspenso las normas que penalizaban con severidad a los conductores que no usen el cinturón y usan el móvil sin manos libres.

Durante la última semana, la noticia del adelanto electoral ha protagonizado la actualidad española (y otras cuyo relato exigiría más espacio). La novedad informativa no ha dejado de serlo desde entonces y televisiones, radios, periódicos e Internet no cesan en ofrecer las previsiones políticas y las consecuencias de su celebración. Tanto ha sido y es la matraca diaria del anuncio que realizó el insigne presidente el pasado día 15, que ha opacado otras cuestiones de gran relieve como las relacionadas con la seguridad en la conducción, según apunta el comparador de seguros de coche Acierto.com.

Efectivamente, porque el anuncio de las elecciones ha tumbado muchas de las medidas que la DGT pretendía poner en marcha en este primer semestre, sobre todo las que contemplaban el endurecimiento de las penas relacionadas con el uso del móvil al volante y otras conductas imprudentes que acarrearían una pérdida mayor de puntos. Sin embargo, este texto debía ser aprobado por las Cortes, que se disolverán el 5 de marzo.

9 de cada 10 conductores reconocen haber ‘wasapeado’ mientras estaban al volante

Precisamente el uso del móvil durante la conducción es una de las cuestiones más preocupantes, sobre todo si tenemos en cuenta que se trata de lo que con mayor frecuencia causa distracción. Y aquí caben desde hablar por teléfono hasta responder al WhatsApp. Algo que sabemos que está mal pero que casi 9 de cada 10 conductores reconocen haber cometido alguna vez.

Lo que probablemente no sepamos es que usar el móvil resulta tan peligroso como conducir borracho –en concreto, equivale a conducir con un gramo por litro de alcohol en sangre, el doble de lo permitido– ni que tras un minuto y medio hablando el conductor deja de percibir el 40% de las señales. De hecho, la pérdida de puntos por usar el móvil pretendía equipararse a la que atañe a conducir borracho o drogado (iban a ser seis puntos en lugar de los tres actuales).

Otras imprudencias cuya penalización pensaba endurecerse y que ahora tendrán que esperar eran no llevar puesto el cinturón de seguridad, sistema de retención infantil o casco. También se contemplaba la obligación de sacarse un carnet específico y regular los patinetes y otros vehículos de movilidad personal.

Las consecuencias

Por desgracia, según los datos que maneja el comparador Acierto.com, las distracciones son las responsables del 33% de las muertes por accidente. Al margen del móvil y en cuanto a los niños y las sillitas, llevarlos con el abrigo puesto en la sillita incrementa en un 80% el riesgo de que salgan disparados de la misma en una colisión.

Y es que se crea una cámara de aire entre el cinturón y la prenda de ropa (habitualmente resbaladiza) que evita que el pequeño vaya correctamente sujeto. Los riesgos, como era de prever, aumentan todavía más si prescindimos de esta sillita. Por desgracia, hasta el 27% de los padres reconoce no usarla siempre, y más de la mitad pone a sus hijos en peligro en el coche.

Más allá de los incidentes relacionados con nuestra integridad física y la de los accidentados en general, incurrir en una ilegalidad al volante tendrá otra consecuencia más: que nuestra compañía de seguro de coche no querrá hacerse cargo de las indemnizaciones, lo que supone que el transgresor tendría que afrontar los gastos de la Responsabilidad Civil derivados del siniestro.

Teniendo en cuenta que las indemnizaciones con víctimas mortales pueden llegar a superar el millón de euros, esto podría arruinar el estilo de vida del responsable del siniestro. Sucede exactamente lo mismo cuando se conduce bajo los efectos del alcohol y similares, incluso aunque nuestra póliza cuente con una cobertura de defensa legal.

Fuente: https://www.acierto.com/

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