Debido a los reiterados atropellos a ciclistas, éstos, junto con las asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico, han logrado que las lesiones causadas por los automovilistas vuelvan a ser delito, regresando de nuevo a la vía penal para proteger a las víctimas.
En QuintaMarcha.commantenemos a nuestros lectores informados de las últimas noticias, novedades y tendencias en todo lo que se refiere al mundo del automóvil, y lo hacemos con el asesoramiento de TRAFICOAYUDA. Recientemente, la Reforma del Código Penal ha sido aprobada por la Comisión de Justicia del Congreso de los Diputados, en la que se dictamina que lasinfracciones de tráfico que causen lesiones necesitadas de tratamiento médico o quirúrgico, volverán a ser delito, delito que estará penado con entre tres y doce meses de multa. Este cambio se produce gracias a las presiones constantes a las que se ha visto sometida dicha Comisión por las diferentes asociaciones de víctimas de accidentes de tráfico.
Otra modificación importante que nos trae dicha reforma es que también se ha acordado endurecer las penas por imprudencias en la conducción y se castigará con hasta cuatro años de cárcel abandonar el lugar del accidente, dicha ley dice literalmente que“se castigará la maldad intrínseca de quien sabe que deja atrás a alguien que pudiera estar lesionado o incluso fallecido y la falta de solidaridad con las víctimas”.
Ejemplo de lo anterior lo tenemos en el caso del camionero que atropelló al marido de Anna González, que huyó del lugar del siniestro sin socorrer a éste, pero que no se le pudo acusar del delito de “omisión de socorro”, porque el Código Penal vigente en ese momento no lo contemplaba, ya que la víctima ya había fallecido, cosa que no ocurriría ahora con la nueva reforma. Gracias a la perseverancia de Anna y a dedicar íntegramente estos tres últimos años de su vida a que la muerte de su marido no quedase impune, se ha podido llegar finalmente a esta resolución.
La ley actual también establece que si se produjese la muerte de más de un ciclista o peatón, pase a estar penado con hasta seis años de prisión en lugar de cuatro como hasta ahora y se podría llegar hasta los nueve años de cárcel si hubiese varios fallecidos.
Con la ley anterior, desde el año 2015, en que se despenalizaron las faltas de los accidentes de tráfico, las víctimas que sufrían lesiones no invalidantes por imprudencias menos graves, sólo podían recurrir por la vía civil, quedando totalmente desprotegidas ante las aseguradoras, ya que no disponían de la justa protección fiscal. Esto abre la puerta, como así nos confirma el testimonio de TRAFICOAYUDA, “a poder defender con mucha más contundencia a las víctimas de accidentes de tráfico, pues, con la ley vigente hasta el momento, nos encontrábamos muy limitados en algunos casos verdaderamente sangrantes en el que el culpable se encontraba en una situación de total impunidad, lo cual, para la propia víctima y sus familiares, era un agravante más a su ya penosa situación.
Esperemos que el proyecto no sufra cambios relevantes a su paso por el Senado, y que las penas por las imprudencias al volante, en especial las derivadas del exceso de velocidad y el consumo de alcohol y drogas, se agraven, a la vez que sea también delito el abandono del lugar del accidente por parte de conductor que lo haya causado.
Esta reforma supone una gran noticia para todos pues, aunque el cambio se haya producido gracias a la tenacidad de las víctimas, no olvidemos que cualquiera de nosotros es susceptible de ser una de ellas, por lo cual, desde QuintaMarcha.com queremos romper una lanza en pro de la seguridad vial para que, con el esfuerzo de todos, minimicemos al máximo la siniestralidad vial y hagamos de nuestras carreteras un lugar más seguro y podamos disfrutar del placer de la conducción sin descuidar nunca la atención y la responsabilidad que dicha acción conlleva.
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