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Recorrimos Madrid en moto el día de la prohibición a la circulación de coches según sus matrículas (ver vídeo)

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Debido a la contaminación, el Ayuntamiento de Madrid restringió la circulación de los vehículos al 50%. Ayer solo pudieron circular por el interior de la M-30 los coches con matrícula impar. Hoy viernes iban a ser los acabados en número par los beneficiados, pero finalmente se ha levantado la prohibición, aunque no se podrá aparcar en el centro de la ciudad.

El de ayer fue un día histórico en Madrid, y es que por primera vez en la historia se restringió la circulación del 50% de los vehículos dentro de la conocida como almendra central, que delimita la vía de circunvalación M-30. El motivo no fue otro que la activación del Escenario 3 del Protocolo Anticontaminación por haber superado los niveles de dióxido de nitrógeno durante dos días seguidos.

De esta manera, ayer día 29 de diciembre solamente pudieron circular por la capital los vehículos cuya matrícula acababa en número impar. De haber continuado esta situación, hoy viernes hubieran sido los coches de placa par los que habrían tenido permiso para moverse por el interior del anillo que cierra la M-30. Las restricciones se produjeron entre las 6:30 de la mañana y las 21:00 horas, imponiéndose multas de 90 euros (la mitad si se abonan dentro del plazo de pronto pago) a los que no cumplieron la normativa. A este respecto, las sanciones impuestas a vehículos que no podían circular se elevaron a cerca de 700, según fuentes de la policía municipal de Madrid.

No obstante, en el protocolo aplicado existen una serie de excepciones que no se ven afectadas por estas restricciones. Los vehículos de transporte público, las motocicletas, los ciclomotores y los vehículos con tres o más ocupantes no tienen nada que temer. Tampoco se ven afectados los vehículos con el distintivo cero emisiones, los híbridos convencionales, los impulsados por gas, los de minusválidos, los de los servicios básicos, los de asistencia sanitaria, los comerciales e industriales del SER, los de las autoescuelas o los de los servicios funerarios. Además, todos los profesionales cuya jornada laboral comience entre las 00:00 y las 06:30 horas, pueden hacer caso omiso de la prohibición en el caso de que acrediten un certificado del empleador.

Estas restricciones a la circulación se suman a las ya vigentes por la activación del Escenario 2 del Protocolo Anticontaminación, como son el límite de 70 km/h en la M-30 y sus accesos y la prohibición de aparcar en las zonas de estacionamiento regulado (con las excepciones de los vehículos de residentes, comerciales, de movilidad reducida, los de cero emisiones y los taxis en servicio).

Es de suponer que estas medidas mejoren la situación, pero de no hacerlo, el Ayuntamiento se verá obligado a activar el Escenario 4 del mencionado protocolo, que amplía la restricción del tráfico incluso a la M-30. Pero, atención, porque la de ayer fue una prueba de cara a tomar medidas más drásticas y restrictivas en 2017, como la de llegar a prohibir la entrada al centro de Madrid a los vehículos más contaminantes, a los más viejos y a los diésel. Si esto ocurre, el no acceso a la capital a los vehículos citados de forma permanente, ¿el Ayuntamiento exigirá igualmente el pago del Impuesto de Circulación a los coches que impida circular? ¿Será legal hacerlo? ¿La corporación municipal puede renunciar a tan millonarios ingresos? De lo que no hay duda es que el día de ayer, 29 de diciembre de 2016, marca un antes y un después en los planes de la corporación municipal respecto al tráfico de la ciudad del oso y el madroño.

Nosotros nos desplazamos ayer en moto por Madrid, medio por el que apostamos desde siempre por ser el más dinámico, limpio y económico para la movilidad urbana, como demostramos en el vídeo que os invitamos que veáis. Y celebramos que las autoridades municipales compartan con nosotros las ventajas de la motocicleta y no restrinjan su uso.

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